La UE firma un acuerdo para impulsar los servicios aéreos con Japón

espacio aéreo europeo

Para potenciar los servicios aéreos con Japón, el presidente sueco del Consejo, Andreas Carlson, firmó un acuerdo en nombre de la UE con uno de los socios más importantes de la Unión en Asia. El acuerdo UE-Japón dará a todas las compañías aéreas de la UE un acceso no discriminatorio a las rutas entre la UE y Japón, fomentando así una competencia abierta y leal.

Japón rastreado a través de RadarBox.com

Según la información, el acuerdo UE-Japón creará igualdad de condiciones para las aerolíneas de la UE y una base legal sólida para un mayor desarrollo de los servicios aéreos con Japón. Además, junto con el acuerdo de seguridad aérea UE-Japón que entró en vigor en 2021, este acuerdo fortalecerá aún más la cooperación bilateral entre las partes en el campo de la aviación.

Andreas Carlson, ministro sueco de infraestructura y vivienda, comentó: “Hoy hemos marcado otro hito en la política de aviación exterior de la UE. Este acuerdo permitirá que todas las compañías aéreas de la UE se beneficien del derecho de establecimiento cuando presten servicios aéreos a Japón, poniendo así los acuerdos bilaterales existentes de nuestros estados miembros en línea con la legislación de la Unión. Esto desarrollará aún más la cooperación de la UE con uno de nuestros socios clave en la región”.

Siguiendo los mecanismos y directivas de esta “autorización horizontal”, la Comisión negoció un acuerdo con Japón que reemplaza las disposiciones específicas de los acuerdos bilaterales de servicios aéreos existentes entre los estados miembros y Japón. El artículo 2 del acuerdo reemplaza las cláusulas de designación tradicionales por una cláusula de designación de la UE, lo que permite que todos los transportistas de la UE se beneficien del derecho de establecimiento.

Las disposiciones de este acuerdo, por lo tanto, reemplazan las disposiciones existentes correspondientes en 13 acuerdos bilaterales de servicios aéreos entre los estados miembros y Japón, sirviendo a un objetivo fundamental de la política de aviación exterior de la Unión al alinear los acuerdos bilaterales de servicios aéreos existentes con la legislación de la Unión.

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